jueves, 4 de enero de 2007

FEDERACION METROPOLITANA DE AUTOMOVILISMO DEPORTIVO

COMUNICADO Nº 18 - LICENCIAS DEPORTIVAS

Ponemos en conocimiento de los señores aspirantes a participar en cualquiera de los Campeonatos Regionales, incluido karting, que pueden comenzar a gestionar las licencias deportivas en:

Sede Central de la FRAD

En filial La Plata
Certificado de aptitud medica:
Los mismos serán extendidos en los centros asistenciales que detallamos debiendo considerar los pilotos en cual lo realizan según las limitaciones impuestas por algunos escenarios, en las condiciones contractuales que establecen con las categorías. Este tramite se puede comenzar a realizar en forma inmediata recordando a ustedes que es imprescindible disponer del certificado para comenzar a gestionar la licenica en la FRAD.

Plazos para sacar licencias:
Los aspirantes a obtener licencia deportiva deberán comenzar el trámite en la FRAD con no menos de 10 días de anticipación a la primera carrera que quieran disputar, presentando la totalidad de la documentación requerida, caso contrario no les será emitida para la fecha requerida.
LA UNICA posibilidad de realizar el trámite en el autódromo, en el momento de la Verificación Previa, es para aquellos que puedan constatar con sus documentos que residen a más de cien (100) km de la Capital Federal.

Menores de 21 años:
Con la solicitud de licencia deben presentar la autorización paterna y materna para intervenir en competencias. La misma debe ser presentada en original con certificación de firma por Escribano Público y legalizada ante el Colegio de Escribanos. Se aceptan copias certificadas por escribano en las mismas condiciones antes establecidas. Se aceptan las autorizaciones legalizadas por Juez de Paz Art. 35 RDA
Las autorizaciones deben ser realizadas en un todo de acuerdo al formulario que pueden solicitar en la FRAD o en la CDA. Art. 35 RDA
Cuando las autorizaciones están redactadas de tal forma que establecen un ente fiscalizador o determinada categoría o Clase, su validez se limita a las mismas.
El tramite de licencia de menores indefectiblemente debe ser realizado en algunas de las sedes del fiscalizador.
A los menores de hasta 17 años, con antecedentes de karting, solo se les otorga licencia de piloto para aquellas categorías que han sido aceptadas por la CDA dentro de la categoría de promocionales (hasta 1600 cc) Art 42.2 RDA

Acompañantes:
No se otorgan licencias de acompañante a menores de 18 años Art. 41 RDA.

UNICOS CERTIFICADOS DE APTITUD MEDICA RECONOCIDOS POR LA FRAD
Serán todos aquellos emitidos por:
CDA
AERONAUTICA
MAC Se adjunta nota con los requerimientos
AAV De los distintos centros médicos aprobados que figuran en la planilla adjunta.
Sanatorio CENTRAI
Sanatorio SALUS
Centro Médico Laboral. La Plata

Fotos
Quienes renuevan licencia no necesitan entregar foto. Los demás deben acompañar la solicitud con una foto 4 x 4 actual.

Recibos:
Si por alguna razón de índole administrativa o de tramitación, el piloto no dispone de la licencia definitiva DEBERA PRESENTAR EL RECIBO, caso contrario no será aceptada su inscripción en la Verificación Previa Administrativa.

FRAD METROPOLITANA
Oscar Milani
Presidente

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